MALVINAS Y LA VUELTA OBLIGADA DE LA SOBERANÍA NACIONAL

Por Antonio Tello

Argentina, cada 20 de noviembre desde 1974, coincidiendo con la repatriación de los restos de Juan Manuel de Rosas, celebra el Día de la Soberanía Nacional conmemorando la batalla de la Vuelta de Obligado, librada por tropas argentinas contra una flota anglofrancesa, que pretendía establecer enclaves territoriales -factorías- a lo largo de las costas de los ríos Paraná y Paraguay, para vender sus mercancías. La flota invasora, mejor armada y equipada con importantes adelantos tecnológicos de la época, como la utilización de blindaje de hierro para varios de sus barcos y la propulsión a vapor, que facilitaba la navegación a contracorriente, obtuvo una victoria pírrica, ya que a las muchas e imprevistas bajas que sufrió el contingente militar invasor se le añadieron los exiguos beneficios económicos que obtuvo la costosa expedición. La razón de la encarnizada batalla que libraron las tropas de la Confederación Argentina, entonces presidida por Juan Manuel de Rosas, no era por que se opusiera al comercio con franceses y británicos, sino por la firme decisión del Gobierno argentino de no entregar a ninguna potencia extranjera ni un palmo de terreno sin que peligrara la integridad y la seguridad del Estado nacional[i].

El interés del Imperio británico por ocupar el territorio del entonces virreinato español del Río de la Plata ya se había manifestado con las fracasadas invasiones al puerto de Buenos Aires, en 1806 y 1807, y la exitosa ocupación y usurpación de las islas Malvinas, en 1833, cuando, con el apoyo estadounidense[ii], redujo a la población criolla propiciando la repoblación insular con los llamados “kelpers”. De este modo, el Reino Unido tomó el control geoestratégico del estrecho de Magallanes y de una amplia zona de caza de focas y ballenas y pesca[iii]. Ricos recursos naturales a los que se ha sumado el petróleo. He aquí el vínculo político y simbólico entre la batalla de la Vuelta de Obligado y la soberanía, una palabra que procede de soberano y ésta del bajo latín sŭperānus, que significa predominante, dignidad suprema del poder público[iv].

Si bien después de la Segunda Guerra Mundial, la creación de entidades supranacioales (Naciones Unidas, Unión Europea,    OTAN, etc.) ha llevado a algunos sociólogos a considerar el debilitamiento de las soberanías de los Estado nación, para otros la amenaza no procede tanto de estos organismos como de los entes financieros mundiales (Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, etc.) y, sobre todo, de las poderosas corporaciones económicas a través de la cooptación de las dirigencias políticas locales que han reducido a no pocos estados nacionales al estatus de señoríos medievales o a un papel gerencial de los intereses del gran capitalismo estableciendo localmente regímenes absolutistas de naturaleza económico-financiera, que usurpan la soberanía de los Estados. Un absolutismo que, además, faculta a algunos gobernantes a contraer deuda externa para fines privados sin los debidos filtros y autorizaciones institucionales. Deudas ilegítimas en tanto vulneran la soberanía de la república y que deberían ser impagadas y denunciados sus responsables ante los tribunales de justicia nacionales e internacionales.

Para comprender el alcance, valor y vigencia de la noción de soberanía en estos días y lo que ella significa para la identidad de los pueblos, hemos de saber que estamos ante una palabra que trae consigo la historia moderna de la emancipación no sólo de los países sino de las masas populares, que pasaron del vasallaje al ejercicio de sus derechos civiles cuando tomaron conciencia de sí y de su poder en la vida y derrotero de sus pueblos. Un poder que, sin embargo, se ha visto condicionado por la idea falaz que introduce el liberalismo acerca de la libertad como “don natural” del individuo ante el cual ninguna otra voluntad puede oponerse, lo que viene a naturalizar la ley del más fuerte y convierte las naciones en territorios mercantiles. Mercados. De aquí que todas las guerras de independencia americanas, en el siglo XIX, fuesen hechas verdaderamente en nombre de la libertad de comercio y no en nombre de la libertad de los ciudadanos que, según la tradición republicana, es fruto de leyes consensuadas entre individuos libres para comunidades libres.

La idea moderna de soberanía empieza a forjarse en las postrimerías de la Edad Media como parte del conflicto entre la burguesía y los poderes representados por la Iglesia, el Imperio y los grandes señores y corporaciones. Frente a este cuestionamiento, en 1576, cuatro años después de la matanza de hugonotes de la Noche de San Bartolomé, el francés Jean Bodin publicó Los seis libros de la República, obra en la que acuña el término «soberanía» como «poder, único, absoluto, perpetuo e indivisible de una República» que ostenta el «soberano», para imponer orden en un Estado y evitar conflictos entre sus súbditos. Según Bodin, ese poder, que él llama «soberanía» por emanar del «soberano», su único poseedor legítimo por la gracia de Dios, de las leyes de la naturaleza «y a ciertas leyes humanas comunes a todos los pueblos».

Para Hobbes, quien prescinde del vínculo con la divinidad, estas leyes naturales son cualidades –equidad, justicia, gratitud, solidaridad, etc.-, leyes no escritas que, complementándose con las leyes civiles o leyes escritas, conforman una ley superior, que emana del soberano, quien, como depositario de todos los poderes, impone y resguarda la paz y la obediencia de los súbditos de su reino. Esta línea de pensamiento, que justificaba el absolutismo monárquico, empezó a ser cuestionada cuando a la noción clásica de poder popular se le añadieron las ideas de pactum societātis y pactum subiectiōnis, que equivalían a un acuerdo social sobre las bases de la convivencia y la definición de las modalidades de delegación del poder. En 1762, en su Contrato social, Rousseau especificaba que la soberanía era «el ejercicio de la voluntad general» y que como tal «no puede enajenarse nunca, y el soberano, que no es sino un ser colectivo [el pueblo] no puede ser representado más que por sí mismo: el poder puede ser transmitido, pero no la voluntad.». En el siguiente capítulo del Libro Segundo añade que «por la misma razón que la soberanía no es enajenable, tampoco es divisible. Porque la voluntad es general o no lo es; es la del cuerpo del pueblo o solamente de una parte de él. En el primer caso, esta voluntad declarada es un acto de soberanía y tiene fuerza de ley; en el segundo, no es sino la voluntad particular o un acto de magistratura: es, a lo sumo, un decreto.»

Es sobre estas ideas que surgen los principios que sustentan la doctrina de la soberanía popular y la noción del sufragio universal como derecho fundamental del ciudadano que así deja atrás su condición de vasallo o súbdito. Soberanía popular y sufragio universal se convierten así en los fundamentos del constitucionalismo moderno, que establece que los gobiernos surgidos del voto popular tienen el deber y la obligación de velar por la integridad territorial del Estado y la seguridad y bienestar de sus ciudadanos. La soberanía.

En el curso de este proceso, el liberalismo, a través del abate Sieyès, siempre atento a los intereses de las fuerzas económicas, introdujo un cambio significativo en la doctrina sobre la soberanía al formular que la misma no emana del pueblo sino de la nación, la cual,  concebida como una entidad histórica, cultural y política, es la única capaz de preservar el poder soberano de las contingencias emocionales de la plebe, y ella, la nación, está representada y reside en el Parlamento. Cabe recordar que, para el liberalismo primario, el voto no era un derecho del individuo sino una función que ejerce quien se identifica mejor con los intereses de la nación por su dignidad y su riqueza personal, idea que justificaba en su momento el voto censitario, la negación al voto femenino, la marginación de las comunidades indígenas en Latinoamérica y el ejercicio del poder por parte de una elite político-económica.

Sin embargo, cualquiera sea la perspectiva, la soberanía alude tanto a la relación de poder entre el Estado y su territorio y población, como a la independencia de un Estado en relación a otros estados. Asimismo, la soberanía se manifiesta en el ámbito político cuando el Estado ejerce su poder y en el ámbito jurídico cuando el Estado tiene potestad para relacionarse en el orden internacional a través de acuerdos, pactos, compromisos diplomáticos, organizaciones internacionales, etc.

Si bien para el liberalismo y, sobre todo, para sus corrientes más radicalizadas, algunas de las cuales han derivado en peligrosos delirios doctrinales, como los del anarcocapitalismo o los conceptos vertidos por la llamada escuela austriaca, el voto no es un derecho social e incluso los derechos son considerados privilegios o aberraciones fruto del “buenismo” ideológico, y se vale de todo el poder económico, mediático y tecnológico para manipular las masas y vulnerar y falsear las democracias. No obstante, el pensamiento de raíz republicana subyace vital en las conciencias colectivas garantizando la pervivencia de los derechos logrados en los últimos siglos y el perfeccionamiento de un sistema democrático, que en estos momentos se ve sometido a una portentosa degradación por parte de las tecno oligarquías, que impulsan movimiento sociales contra democráticos.

Para algunos politólogos, entre ellos el estadounidense Robert A. Dahl, la democracia es una utopía teórica en la medida que ningún país del mundo ha logrado aplicar sus cinco requisitos básicos: participación efectiva de la ciudadanía en las políticas públicas; igualdad de voto en las fases decisorias con la garantía de que sus opiniones serán tenidas en cuenta; información transparente y amplia sobre los candidatos y los asuntos que debe elegir; control efectivo de la agenda política, y equidad para todos y cada uno de los ciudadanos del Estado. Pero aún así, aunque las utopías parezcan inalcanzables, la felicidad de la especie humana exige que se camine hacia ellas. De la solidez de las instituciones democráticas de un Estado depende la fortaleza de su soberanía.

La ocupación colonial de las islas Malvinas por el Reino Unido desde 1833 constituye un permanente atentado a la soberanía argentina, razón por la cual, históricamente, los argentinos reclaman su devolución. El pasado 3 de septiembre de 2026, el Presidente argentino, el ultraderechista Javier Milei, se hizo eco de un comentario del presidente de EE.UU[v]., quien dijo que, entre otros asuntos, revisaría la posición de neutralidad[vi] de su país en relación a Malvinas. En su enfático discurso el mandatario argentino, quien consideró la reivindicación de la soberanía de las islas como “sagrada” para los argentinos, dio legitimidad al derecho de autodeterminación de los isleños para decidir sobre su futuro[vii]. ¿Tienen derecho los kelpers a decidir “su propio futuro”? La respuesta está en saber qué es el derecho de autodeterminación y cuando se aplica.

La Carta de las Naciones Unidas y los Pactos Internacionales de los Derechos Humanos reconocen el derecho de libre determinación o derecho de autodeterminación de los pueblos para elegir sus propias formas de gobierno y organizar, sobre el principio de igualdad y libremente, sin injerencias externas, sus estructuras sociales y económicas. Los orígenes del principio de autodeterminación están estrechamente vinculados a los conceptos de nación y de independencia sustentados en la Declaración de Independencia de Estados Unidos en 1776 y las guerras de emancipación hispanoamericanas entre 1809 y1824, y a los procesos de descolonización.

El derecho de libre determinación fue reconocido inicialmente por la Revolución de Octubre en la Declaración de Derechos de Pueblos de Rusia, firmada el 15 de noviembre de 1917 propiciando la independencia de Finlandia. Con este antecedente, la Constitución soviética de 1924 se convirtió en la primera en el mundo en incorporarlo a su articulado reconociéndolo para sus repúblicas. Sin embargo, el reconocimiento de este derecho en el orden internacional creó nuevas y polémicas situaciones. La Alemania nazi, cuando su régimen autárquico topó con la necesidad de ampliar su espacio vital, invocó el derecho de autodeterminación para justificar el anschluss –unificación- de los territorios de lengua alemana –Austria y la región checa de los Sudetes- bajo su dominio.

Tras recoger, en 1945, la Carta de las Naciones Unidas, en su primer artículo, el principio de «libre determinación de los pueblos» y la «igualdad de derechos» como fundamentos del nuevo orden internacional, no tardaron en iniciarse movimientos y en estallar guerras de liberación en Asia y África. La emancipación vietnamita de Francia, que provocó la guerra de Indochina, y la de la India de Gran Bretaña, que puso contra las cuerdas el Imperio colonial británico, fueron el principio de un proceso que dio lugar a una nueva mayoría en la Asamblea General de la ONU. En este nuevo contexto, la Asamblea aprobó el 14 de diciembre de 1960 y de acuerdo con la resolución 1514 la «Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales». Esta Carta Magna de la descolonización, tal como se la conoce, no sólo sacó a la luz los opuestos intereses de los países subdesarrollados y las potencias coloniales, sino también las dificultades para conciliar en algunos casos el derecho de libre determinación y la integridad territorial de los Estados. Por esta razón, la resolución 1541 firmada al día siguiente aclaró que el ejercicio del derecho de libre determinación, mediante plebiscito o referéndum, podía llevar a la independencia, a la libre asociación o a la integración, es decir que no necesariamente tenía que conducir a la creación de un nuevo Estado soberano. Estas resoluciones fueron un paso decisivo para un proceso de descolonización que los Pactos Internacionales de Derechos Humanos de 1966 condujeron a la práctica liquidación de los imperios coloniales.

Concretar la naturaleza del derecho de autodeterminación entraña algunas dificultades. En primer lugar, al ser considerado un derecho humano algunos consideran que la titularidad del derecho de autodeterminación sólo puede ser individual mientras que otros afirman que también puede ser colectiva. En segundo lugar, aun aceptando la titularidad colectiva su atribución al pueblo genera una serie de discrepancias en tanto la noción de pueblo comprende aspectos políticos, económicos, sociales, culturales y de soberanía. Para resolver esta cuestión se reconocen en el derecho de autodeterminación una rama externa y otra interna. La primera, relacionada con el rechazo del colonialismo y a otras formas de dominio y explotación extranjeras, alude al derecho de los pueblos a determinar libremente su lugar en la comunidad internacional de acuerdo con el principio de igualdad soberana. En este sentido y de acuerdo con las resoluciones 1541 y 2625 de las XV y XXV Asambleas de la ONU, los pueblos pueden elegir constituir un Estado independiente u optar por la libre asociación, la integración en otro Estado u otra fórmula planteada en consulta popular. La rama interna tiene relación con el derecho de un grupo étnico, religioso o nacional a preservar su identidad. Este es quizás el aspecto más polémico del derecho de autodeterminación en la medida que constituye un factor de desestabilización y de violencia asociado a grupos nacionalistas, étnicos y religiosos extremistas.

Frente a esta colisión de intereses, la resolución 1514 de la XV Asamblea de la ONU rechaza el quebrantamiento de la unidad nacional por ser contrario a la Carta de las Naciones Unidas y la resolución 1541 excluye del derecho de autodeterminación las situaciones de colonialismo interno en beneficio de entidades ya legitimadas, tal como sucede en el caso argentino de las Islas Malvinas, ocupadas violentamente por el Reino Unido en 1833, cuando desalojó a la población criolla y la suplantó por colonos británicos en su mayoría. En consecuencia, de ningún modo, los kelpers, como son denominados los malvinenses actuales, pueden ser agentes activos de un presunto referéndum sobre la soberanía de las islas, ya que son habitantes implantados en las islas por la nación colonialista, como sesgadamente ha anunciado el presidente Milei disimulando su verdadera política de sojuzgamiento a las grandes potencias occidentales.


[i] Felipe Pigna. La primera batalla por la soberanía. Diario Clarín, 23 de noviembre de 2008. https://web.archive.org/web/20090517010725/http://www.clarin.com/suplementos/zona/2008/11/23/z-01808493.htm

[ii] A raíz de las leyes argentinas que, desde 1829, regulaban la pesca, el gobierno estadounidense se hizo eco de la queja de un empresario de su país y, reclamando el derecho de EE.UU. a “pescar a donde le diera la gana”, dio lugar a la ruptura de relaciones con las Provincias Unidas del Río de la Plata durante once años. A fines de 1831, la corbeta estadounidense Lexington atacó, saqueó y destruyó defensas de Puerto Soledad dejando el camino expedito para la posterior usurpación británica.

[iii] Para el Reino Unido también era vital un puerto seguro en la zona para reforzar su comercio con Australia, cuya colonización estaba llevando a cabo, y fortalecer “el poder naval británico”.

[iv] Antonio Tello, Diccionario político. Voces y locuciones, El Viejo Topo, Barcelona, 2012.

[v] Según parece, las ocultas intenciones de Donald Trump serían las de hacer de las Islas Malvinas un territorio de triple soberanía británica, argentina y estadounidense, que permitiese a EE.UU. un sólido control geoestratégico de las rutas comerciales navales, de las riquezas naturales antárticas y militar en caso de conflicto armado con China.

[vi] Neutralidad discutible ya que EE.UU., interesado también en hacerse con el control de la zona, no sólo apoyó la ocupación británica de 1833 sino que también favoreció claramente al Reino Unido durante la guerra de Malvinas de 1982

[vii] «El gobierno lo tiene muy claro. Tenemos una historia de 200 años con la Argentina, y el conflicto en los años 80 fue muy difícil para ambos países y los que viven en las islas. Pero ahora es muy simple: los que viven en las islas van a decidir su propio futuro», afirmó Milei.

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